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¿De qué se trata?

AFIP habilitó nuevos beneficios fiscales a través de la Ley de Incentivo a la Construcción y Acceso a la Vivienda

La entidad aclaró que se busca promover el desarrollo y la inversión en proyectos inmobiliarios.

AFIP habilitó nuevos beneficios fiscales a través de la Ley de Incentivo a la Construcción y Acceso a la Vivienda

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) confirmó que se habilitaron los beneficios fiscales y el programa de normalización previstos en la Ley de Incentivo a la Construcción y Acceso a la Vivienda. A través de sus redes sociales, la entidad se refirió a este hecho que promueve el desarrollo y la inversión en proyectos inmobiliarios.

En la publicación, el ente recaudador también añadió un link desde el cual se brindan los detalles acerca de esta ley. “Se instrumentó el Registro de Proyectos Inmobiliarios para que los inversores puedan acceder a los beneficios fiscales previstos en la Ley de Incentivo a la Construcción Federal Argentina y Acceso a la Vivienda. Además se reglamentó el Programa de Normalización que habilita la declaración voluntaria de tenencia en moneda nacional y extranjera  para la realización de inversiones en desarrollos inmobiliarios”, indicó la entidad. 

Cabe destacar que esta nueva resolución de AFIP, habilita los beneficios tributarios y las herramientas contempladas en la ley 27.613. “La iniciativa promueve el desarrollo y la inversión en proyectos inmobiliarios nuevos que se inicien a partir de la entrada en vigencia de la ley (12 de marzo de 2021) o que, a dicha fecha, tengan un avance inferior al 50%”, precisó la institución. 

En cuanto al registro de Proyectos Inmobiliarios, el organismo estatal establece que los desarrolladores, constructores y vehículos de inversión informen las obras privadas alcanzadas. “Una vez aceptada la inscripción se generará un ‘Código de Registro de Proyecto Inmobiliario’ y se emitirá la correspondiente ‘Constancia de Registración de Proyecto’. Dicho código deberá ser consignado en las declaraciones juradas de los inversores para para gozar de los beneficios vinculados al Impuesto”, indicó. 


Programa de Normalización

Por su parte, la resolución de AFIP también reglamentó el procedimiento y las condiciones “para que los contribuyentes puedan realizar la declaración voluntaria de tenencias de moneda extranjera y nacional que no hubieran sido declaradas a la fecha de entrada en vigencia de la ley”. “Quienes adhieran al Programa de Normalización deberán informar, con carácter de declaración jurada, el o los ‘Código de Registro de Proyecto Inmobiliarios (COPI)’ y el monto de la o las inversiones realizadas”, estableció AFIP. 

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