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TRÁMITES PREVISIONALES

Fondo de Desempleo: cómo tramitar la asistencia económica de $54.000 que entrega ANSES

El monto de esta prestación se paga de forma mensual

Fondo de Desempleo: cómo tramitar la asistencia económica de $54.000 que entrega ANSES
jueves 14 de septiembre de 2023

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas)  La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) mantiene vigente la entrega del Fondo de Desempleo, una asistencia económica que se paga de forma mensual.

Esta prestación entrega un apoyo económico que va de los $30.000 a los $54.000 a personas que fueron despedidas sin causa justa o se vieron obligadas a abandonar su puesto de trabajo por el quiebre de la empresa.

Se debe tener en cuenta que tanto el monto como el lapso de tiempo por el que paga el Fondo de Desempleo, que va de los 2 a los 12 meses, varía según los ingresos y los aportes realizados en los últimos tres años.

En cuanto a la gestión de esta prestación, la misma debe realizarse en una oficina de ANSES -con turno previo- y dentro de los 90 días hábiles desde el momento en que se llevó a cabo la finalización del contrato laboral.

El día del turno es necesario presentar la siguiente documentación:

- DNI.

- Telegrama de despido.

- Carta documento o nota del empleador con firma certificada.

Por otro lado, es necesario aclarar que quienes formen parte de los siguientes grupos no podrán acceder a la prestación por desempleo de ANSES:

- Personas que no hayan realizado aportes al Fondo Nacional de Empleo.

- Personas que perciban prestaciones previsionales (excepto pensiones directas o derivadas de carácter contributivo).

- Beneficiarios del Programa Jefes de Hogar, Programas de Empleo u otra prestación no contributiva (excepto Pensión Vitalicia – excombatientes del Atlántico Sur, Ley N° 23.848)

- Quienes estén contratados bajo la modalidad de pasantías.

- Quienes perciban otra retribución o ingreso por cualquier actividad desempeñada.

- Personas que hayan renunciado, cesado en la relación laboral de mutuo acuerdo con el empleador o se hayan retirado voluntariamente.

- Personal del Servicio Doméstico.

- Personal de Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal.

- Personal de Establecimientos Privados de Enseñanza (Ley N° 13.047).

- Personal Docente de la Educación Superior de Instituciones Universitarias Privadas reguladas de conformidad con la Ley N° 24.521.

En cuanto al calendario de pagos de septiembre, el mismo quedó establecido de la siguiente forma:

- DNI terminados en 0 y 1: 21 de septiembre.

- DNI terminados en 2 y 3: 22 de septiembre.

- DNI terminados en 4 y 5: 25 de septiembre.

- DNI terminados en 6 y 7: 26 de septiembre.

- DNI terminados en 8 y 9: 27 de septiembre.

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