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Beneficios ANSES

Además del bono de $15.000, los beneficiarios de ANSES pueden sumar otra importante bonificación

Desde la semana que viene, el Gobierno acreditará esta nueva asistencia económica.

Además del bono de $15.000, los beneficiarios de ANSES pueden sumar otra importante bonificación

ARGENTINA (Redacción Voces Críticas) Desde la semana que viene, la ANSES comienza a hacer efectivo el pago del bono de $15.000 para beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y monotributistas de las categorías A y B. Se trata de una nueva asistencia económica que brinda el Gobierno para aplacar el impacto económico negativo ocasionado por las medidas restrictivas por la pandemia. 

Justamente, es necesario remarcar que el organismo previsional no acreditará este incentivo económico a todos. Sucede que solo alcanza a aquellos beneficiarios que residen en las zonas alcanzadas por las medidas restrictivas. Las medidas se extienden hasta el 30 de abril y, en caso de extenderse, esta asistencia podría extenderse también, a la vez de ampliar la cantidad de beneficiarios que la perciben. 

Sin embargo, hay otra bonificación que puede ser percibida por los beneficiarios de ANSES. Sucede que el Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) reiteró el llamado a inscribirse, de forma gratuita, para obtener la Prestación Básica Universal y Obligatoria (PBU) para celulares, internet, televisión por cable y telefonía fija. 

Se trata de una bonificación para todos los beneficiarios de la entidad gubernamental. La misma puede tramitarse desde la web oficial. En este sentido, se exigen mínimos requisitos y cubre la totalidad de los beneficiarios, además de sociedades de fomento e incluso alcanza a los beneficiarios de las Becas Progresar, que fueron ampliadas por el Gobierno para este año. 


¿Cómo inscribirse?

Los beneficiarios de ANSES que estén interesados en acceder a este beneficio deben ingresar a www.argentina.gob.ar/solicitar-prestacion-basica-universal-y-obligatoria y seleccionar la opción “Descargar documento”. Los datos a ingresar son nombre y apellido;  razón social o denominación social; CUIT/CUIL; Domicilio; y Firma. Una vez realizados estos pasos, se envía la declaración jurada a través de los canales de atención que habiliten. 

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